El Registro de Agentes Inmobiliarios de Baleares.
La inscripción en el Registro de Agentes Inmobiliarios de Baleares será obligatoria para ejercer legalmente en las islas. Además, se exigirá la acreditación de formación.
Así ha sido anunciado por el Consejero de Movilidad y Vivienda, Marc Pons, en rueda de prensa, el pasado lunes, 2 de diciembre.
En el acto, estuvo acompañado por el Director General de Vivienda, Eduardo Robsy, y los representantes del sector, entre los que se encontraba el Presidente de la Asociación Balear de Asesores Inmobiliarios – ABAI – , D. Francisco Sanfrancisco Gil.
Requisitos para ejercer la actividad de Agente Inmobiliario en Baleares.
La Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de les Illes Balears preceptúa, en su disposición adicional tercera, que «se fijarán reglamentariamente los requisitos para ejercer la actividad del agente inmobiliario, así como las obligaciones que cumplirá en el ejercicio de su actividad, en particular la necesidad de suscribir una nota de encargo entre el profesional y el usuario del servicio»
La normativa exigirá la acreditación de formación específica, solvencia económica y la inscripción en el registro público oficial.
Se trata de defender a los consumidores y usuarios y evitar el intrusismo y las malas prácticas en la profesión.
Además, se establecerán las condiciones en que se podrá desarrollar la actividad así como las sanciones para aquellas personas o empresas que actúen al margen de la legalidad.
Está previsto que el decreto que regule la actividad de agente inmobiliario se apruebe el próximo año. A día de hoy, el proyecto de decreto se encuentra en fase de consulta previa a la ciudadanía.
En los próximos meses, se trabajará sobre un modelo de regulación que tiene como objetivo la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios y garantizar un servicio de calidad ligado a un correcto asesoramiento en todas las operaciones ligadas a la vivienda.
Además, incluirá medidas que permitan hacer visibles aquellas personas o empresas avaladas legalmente como profesionales del sector.
La normativa nace desde el acuerdo con el sector.
Garantizar la solvencia profesional de los agentes inmobiliarios.
- Establecer la formación necesaria para ejercer la profesión y fijar la necesidad de mantener estos conocimientos actualizados a través de la formación continuada.
- Autorregulación a través de Códigos Deontológicos profesionales y de conducta.
- Disponer de establecimiento abiertos al público de forma habitual.
- Si sólo se ofrecen servicios online, deberán disponer de una dirección física de contacto con la adecuada identificación.
- Todos los establecimientos abiertos al público deberán cumplir con los requisitos establecidos.
Garantizar la solvencia económica de los agentes inmobiliarios.
Si un agente inmobiliario produce un perjuicio a un cliente, éste podrá dar una respuesta efectiva y ágil.
Para ello, se exigirá:
- Garantía patrimonial, por un importe a determinar por la norma, para responder de las cantidades que reciben de sus clientes en el ejercicio de su actividad.
- Contratar un Seguro de Responsabilidad Profesional que responda de los daños y perjuicios que pueda causar y cuyas cuantías serán fijadas reglamentariamente.
Registro de Agentes Inmobiliarios de Baleares.
- Los agentes inmobiliarios deberán inscribirse en el registro acreditando el cumplimiento de todos los requisitos establecidos.
- Este registro será de consulta pública para dar el máximo de garantías a los ciudadanos.
- La inscripción correcta dará derecho al uso público de un distintivo acreditativo para identificar a los agentes inmobiliarios.